Se acerca la fecha del pago anual del Bono Mujer Trabajadora, el cual se entregará a todas las mujeres trabajadoras que cumplan con los requisitos. ¿Cuáles son? A continuación el detalle.
Uno de los beneficios estatales destinados para las mujeres del país es el Bono Mujer Trabajadora (Bono al Trabajo de la Mujer), el cual entrega un aporte económico para mejorar sus ingresos.
El BTM puede ser recibido por mujeres trabajadoras tanto independientes como dependientes, que tengan entre 25 años y 59 años, y que perciban una renta bruta anual inferior a $7.627.812.
En ese sentido, recientemente se confirmó la fecha de entrega del pago anual del Bono Mujer Trabajadora, modalidad que se escoge previamente y que cuenta con una serie de condiciones. ¿Cuándo lo entregan y dónde consultar si lo recibes? A continuación te contamos todos los detalles.
¿Cuál es el monto del pago anual del Bono Mujer Trabajadora?
El pago anual del Bono Mujer Trabajadora es calculado de acuerdo a tres tramos, teniendo en consideración las rentras brutas percibidas de la beneficiaria correspondiente. Por lo tanto, los montos son los siguientes:
Fecha pago anual: ¿Cuándo entregarán el Bono Mujer Trabajadora?
Según la información del SENCE, el pago anual del Bono Mujer Trabajadora se hará efectivo durante la última semana de agosto del 2024.
Para recibir el pago del beneficio tienes dos maneras:
- Depósito a través de Cuenta Rut u otra cuenta bancaria que hayas escogido.
- Retiro en efectivo en Banco Estado o ServiEstado, donde es de suma relevancia que cuentes con tu cédula de identidad.
¿Cómo saber si soy beneficiaria del Bono Mujer Trabajadora? Consulta con tu RUT
Si tienes dudas acerca de si te corresponde recibir este pago anual del Bono Mujer Trabajadora, debes ingresar a sistemas.sence.cl, utilizando tu Clave Única o Clave SENCE.
Cabe destacar, que para recibir el pago debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Pago anual: percibir una renta bruta anual (2024) inferior a $7.627.812.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado para el período de renta procesado.
- En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Publicado por Javiera Fernández Novak
Fuente: chvnoticias.cl