Entre sus funciones, la Superintendencia del Medio Ambiente debe velar por que una vez operativos los distintos proyectos que de acuerdo a la Ley N° 19.300 deban someterse al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA), estos cumplan con lo establecido en sus respectivas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA). De no hacerlo, la SMA debe abrir un procedimiento sancionatorio contra dicha unidad, la que en caso de no corregir o compensar la infracción, podrá recibir una sanción que va desde una amonestación por escrito, una multa y hasta la revocación de su RCA.
Según un informe publicado por la Fundación Terram, desde el año 2019 la SMA ha iniciado 47 procedimientos sancionatorios contra centros de cultivo de salmones que operan en el mar. De ellos, 12 procedimientos incluyen cargos por sobreproducción de esta especie exótica en centros ubicados dentro de áreas protegidas.
Estos 12 procedimientos sancionatorios acumulan un total de 16 ciclos productivos donde las empresas cultivaron 23.515 toneladas de salmones por sobre lo autorizado en sus permisos ambientales.
El informe señala que “los impactos ambientales derivados de la sobreproducción de salmones son variados, tales como el aumento en la demanda de oxígeno sobre los ecosistemas marinos, lo que puede generar condiciones anaeróbicas; el uso de químicos y antibióticos que pueden afectar la biodiversidad, como también impactos derivados de la sobrecarga de nutrientes, los cuales podrían facilitar el florecimiento de algas nocivas”, entre otros efectos.
En cuanto a los titulares, 5 son las empresas detrás de los 12 procedimientos: Australis Mar con 4 casos dentro de la Reserva Nacional Kawésqar, donde también la Cermaq Chile registra otro caso; Salmones Blumar con 3 casos en la Reserva Forestal Las Guaitecas; Nova Austral con 3 casos en el Parque Nacional Alberto De Agostini y Cooke Aquaculture con 1 caso dentro del Parque Nacional Laguna San Rafael, el cual contiene 2 cargos por elusión al SEIA en el mismo sancionatorio.
De los 12 procedimientos, 6 siguen en curso, 3 se encuentran con Programa de Cumplimiento en ejecución, mientras que solo los 3 casos de Nova Austral ya tuvieron una sanción por parte de la SMA, que decidió la revocación de las RCA, lo cual fue reclamado por la empresa de capitales noruegos en el Tribunal Ambiental de Valdivia.
Según el documento, el criterio aplicado por la SMA en relación a revocar las RCA de los centros de cultivo que incurrieron en sobreproducción al interior de áreas protegidas “apunta en la dirección correcta, con el propósito de hacer valer la ley y desincentivar conductas que sigan afectando los ecosistemas marinos. Por ello, el criterio debiese ser replicado en los demás procedimientos en curso detallados en este informe”.
Por otro lado, el informe cuestiona la falta de coordinación de los organismos públicos a la hora de evaluar ambientalmente los proyectos, tal como ocurre actualmente con la empresa Australis Mar que, “por un lado, acumula 4 procedimientos sancionatorios por un total de 13.872 toneladas producidas por sobre lo autorizado, mientras de forma paralela mantiene 6 solicitudes de aumento de producción vigentes a septiembre de 2022 por un total de 12.890 toneladas, de las cuales 2 corresponden a centros instalados dentro de la misma área protegida, como son los CES Goddard y Morgan, este último, justamente donde actualmente mantiene un procedimiento sancionatorio por producir 1.491 toneladas por sobre lo autorizado”.
Para Maximiliano Bazán, autor del informe, “el hecho de autorizar ampliaciones de biomasa de empresas que, simultáneamente, incurren en casos de sobreproducción, equivale a incentivar esta conducta, lo cual se vuelve aún más grave cuando no hay certezas reales respecto de la capacidad de carga de los ecosistemas marinos donde estos centros se instalan, y que el propio Estado ha declarado como objetos de protección”.
Por lo anterior, el informe plantea la necesidad de realizar “una revisión del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), pues empresas que han sido sancionadas o enfrentan procesos sancionatorios no deberían poder ingresar al sistema en las mismas condiciones que las empresas que cumplen con la legislación”.