Hasta 10 años de cárcel y multas de $1,2 millones: Comenzó a regir ley que sanciona carreras clandestinas

Desde este martes, tras su publicación en el Diario Oficial, comenzó a regir la nueva ley que sanciona con mayor castigo a quienes se vean involucrados en carreras clandestinas de vehículos motorizados y conduzcan a exceso de velocidad.

La normativa establece penas de cárcel, multas y suspensión de la licencia de conducir para quienes participen y organicen estos encuentros, y para quienes sobrepasen en 60 kilómetros el límite de velocidad.

Sanciones

Exceso de velocidad

  • Se incorpora una sanción más gravosa (41 a 60 días de prisión) para aquellos conductores que excedan por sobre 60 kilómetros por hora el límite de velocidad máximo establecido en las rutas, vías y caminos del país.
  • Se agrega una multa de hasta 10 UTM ($600.000) y la suspensión de la licencia de conducir de seis meses a 2 años en una primera oportunidad por hasta 5 años si hay reincidencia, y su cancelación permanente si se repite por tercera vez. Además, exceder entre 20 y 60 km/h el límite máximo de velocidad en zonas urbanas y rurales será considerado infracción gravísima.

    Carreras clandestinas

    • Los conductores que participen en carreras clandestinas recibirán una pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) o una multa de 2 a 10 UTM ($120.000 a $600.000).
    • Si existen lesiones menos graves o graves, la sanción será de presidio menor en su grado medio (desde 541 días a 3 años) y multa de cuatro a 12 UTM ($240.000 a $720.000).
    • Si llegan a existir lesiones más graves, se arriesga presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años).
    • En caso de muerte, la pena será de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (desde 3 años y un día a 10 años). En ambos casos, quedarán inhabilitados perpetuamente para conducir vehículos de tracción mecánica.
    • Finalmente, los organizadores de carreras clandestinas recibirán una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 8 a 20 UTM ($480.000 a $1.200.000).
    • Si obtienen algún beneficio económico, arriesgan entre 541 días y 3 años (presidio menor en su grado medio) y una multa de 20 UTM ($1.200.000).

    De acuerdo a lo señalado por el ministro de Transporte y Telecomunicaciones (MTT), Juan Carlos Muñoz, en promedio más de 5 personas mueren el Chile al día por siniestros viales.

    El ministro de Estado agregó que «con esta nueva normativa, en un contexto de carreras no autorizadas, el juez siempre deberá ordenar el retiro de circulación de un vehículo por al menos 30 días y, si las condiciones lo ameritan, una revisión del vehículo por un establecimiento competente y la revocación del certificado de revisión técnica».

    De acuerdo a la información recogida por el MTT, la gravedad de los siniestros está asociada a la velocidad imprudente y pérdida de control del vehículo, ya que en velocidades sobre 115 km/h en una colisión frontal, la probabilidad de sobrevivencia del pasajero tiende a corresponder a un 0%.

    En este sentido, la secretaria ejecutiva de Cosaset indicó que «el exceso de velocidad es la principal causa de fallecidos en el tránsito: representa casi el 30% de las muertes en nuestras calles. Solo el 2021, esta conducta de alto riesgo, cobró casi 500 vidas».

Por Ariel Araya
Fuente: meganoticias.cl