La Corte Suprema, última instancia judicial a la que recurrió el Ministerio de Educación (Mineduc) para intentar dejar sin efecto lo ordenado por el Consejo para la Transparencia, ratificó lo decidido por dicho organismo, de hacer entrega de las copias de instrumentos y preguntas realizadas en los procesos de Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (ECEP) de 2019 y 2020 (rol amparo C7723-21).
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) en representación del Mineduc, presentó un recurso de queja, el que fue rechazado por el máximo tribunal desestimando lo alegado por la entidad pública, que aludió a una vulneración a los derechos remuneracionales de los docentes que se someten a la prueba, una vez que se revelan las respuestas de las preguntas realizadas (Rol N° 22.581-2022).
El Ministerio cuestionó a través del recurso que el conocimiento de la información solicitada generaba desigualdad entre docentes y, por ende, afectaba las funciones del órgano. Lo anterior dado que estas pruebas y las respuestas que se realizan en dicho contexto inciden en la evaluación de cada docente y en el tramo en el que se sitúa el profesional, lo que se asocia a la remuneración que recibirá.
Sin embargo, el máximo tribunal determinó que “las respuestas cuya revelación se solicita no agotan el instrumento, el cual se combina con otros medios que, en conjunto, determinarán la evaluación del docente respectivo y, con ello, el tramo en el cual se situará y que incidirá en el monto de su remuneración.”