Después de casi un año, la Corte Suprema, presentó sentencia en la que se acogió el recurso de protección del Municipio de Coyhaique contra la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas JUNAEB, por incumplimientos en la alimentación escolar en el año 2022 a niños y niñas de los establecimientos educacionales de la zona rural y urbana de la comuna.
Así lo dio a conocer el máximo tribunal en el fallo entregado, donde»se revoca la sentencia apelada de veintiuno de julio del año dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, y en su lugar, se declara que se acoge el recurso de protección interpuesto sólo en cuanto se dispone que la recurrida Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, deberá adoptar las medidas ordenadas en el considerando noveno, dentro del término de 30 días, informando de su cumplimiento a la Corte de Apelaciones».
Cabe recordar que en 2022 se presentó la acción judicial, por parte del alcalde de Coyhaique, Carlos Gatica Villegas, junto a la comunidad estudiantil local, tras el incumplimiento de la empresa concesionaria del servicio de alimentación, Hendaya, quienes, desde marzo del año pasado, los beneficiarios se han visto afectados por la falta de abastecimiento de alimentación, el incumplimiento de horarios de transporte, atrasos en la entrega de los servicios, modificaciones en las minutas de alimentación y la mala calidad de frutas y verduras distribuidas, provocando una amenaza a la integridad física y psíquica de los protegidos y su derecho de igualdad ante la ley.
El edil de la capital regional de Aysén, se refirió a este hecho, señalándolo como una excelente noticia, ya que «JUNEAB y la empresa Hendaya tienen que hacerse responsables de algo tan fundamental como es la alimentación de nuestros niños y niñas».
Gatica, también espera que «esto marque un presente y, además, que con esto la empresa tenga mayor cuidado y precaución al momento de realizar sus procedimientos, por tanto la salud de nuestros niños y la alimentación de ellos es primordial para el municipio y siempre vamos a estar velando por el correcto funcionamiento y también porque los recursos del Estado de Chile se desarrollen y ejecuten de la mejor manera».
Por su parte, la directora de la escuela, Paz Foitzich, indicó que «recibimos realmente con mucho optimismo la resolución de la Corte Suprema (…) hoy día esto fortalece nuestra idea de que la institucionalidad pública no debe descuidar los tiempos y las necesidades de los niños. El viernes 3 de marzo los alumnos vuelven a clases y a partir de ese momento deberán contar con la alimentación que les corresponden».
La directora también hizo mención de las acciones que deberá cumplir JUNAEB, determinadas por la Corte Suprema. «Nos parece muy interesante lo que especifica el fallo respecto a las medidas de emergencia que JUNAEB debe cumplir, entre ellas la compra a proveedores locales, que es un tema que nosotros hemos venido planteando permanentemente, porque no es posible que los niños sigan consumiendo alimentos envasados, pudiendo producir alimentos en la región», agregó la directora de la escuela rural.
Específicamente, de acuerdo a la sentencia, JUNAEB deberá «proveer de una solución inmediata y efectiva, gestionando en medidas tales como la concurrencia de proveedores locales para abastecer a los establecimientos frente a incumplimientos en la prestación de los servicios previamente contratados, con miras a atender coordinada y oportunamente las circunstancias excepcionales y de emergencia, incorporando en su caso las modificaciones que resulten pertinentes al contrato de prestación de servicios con la recurrida Hendaya S.A.C. sin perjuicio de hacer efectivas las responsabilidades que emanan del respectivo contrato».