Autopréstamo de fondos de AFP: estos son los requisitos que se pedirían y el monto máximo por solicitud en Chile

La idea es parte de la reforma previsional que aún no tiene fecha para ser votada. Revisa aquí los detalles con los que podrían hacer una petición.


 

El autopréstamo de fondos de AFP es una de las iniciativas que forma parte de la reforma de pensiones y que llama la atención porque abre la puerta a la posibilidad de retirar dinero desde las cuentas de ahorro en las administradoras en Chile.

En cifras el monto correspondería a un 5% del saldo acumulado por cotizaciones obligatorias de capitalización individual, siempre con un máximo que se acota a 30 Unidades de Fomento (UF). Es más, según se planteó se podría pedir más de una vez, siempre y cuando se haya reembolsado el anterior.

De ahí en más la persona beneficiaria tendría que devolver el monto mediante cuotas correspondiente al 2% de las remuneraciones y rentar imponibles. Por tanto, llevaría al menos un par de años para amortiguar el proceso si se obtiene el techo de $1 millón 127 mil, el valor de la UF julio de este mes.

Eso sí, actualmente el tema sigue en el debate al interior del Congreso y no está aprobado del todo, pese a que en enero pasado la Cámara de Diputadas y Diputados despachó al Senado la reforma previsional.

De hecho esta semana la mesa técnica realizó su última sesión sin llegar acuerdo y se agendó una nueva reunión para el próximo lunes 8 de julio. Lo anterior significaría postergar aún más el debate y la votación.

Autopréstamo de fondos de AFP en Chile: estos son todos los requisitos que se pedirían

Si bien el escenario puede cambiar, la propuesta similar a los retiro del 10% ya estableció sus principales requerimientos y en dicha lista aparecen:

  • Estar afiliado a una AFP en Chile
  • Tener el dinero suficiente en los fondos para la solicitud.
  • Ubicarse a cinco años o más de la edad de jubilación, siendo 60 años como máximo para hombres y 55 para mujeres.
  • No estar pensionado.
  • Pagar cualquier préstamo anterior por completo (obviamente cuando no se trate de la primera solicitud que se hace).

Por Javier Méndez
Fuente: adnradio.cl