Aprobado proyecto que crea nuevo régimen tributario para ferias libres

La iniciativa tiene como objetivo avanzar hacia la formalización de estos comerciantes mediante un impuesto sustitutivo del IVA que se aplicará sobre ventas efectuadas mediante pagos electrónicos, con un pago máximo de 3,5%.

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó en particular y en general, por 92 votos a favor y 25 en contra, el proyecto que establece un nuevo régimen tributario para ferias libres, y lo despachó a su siguiente trámite constitucional en el Senado.

El objetivo de la iniciativa es avanzar en una mayor formalización y unificar al sector de comerciantes de ferias libres. La falta de un régimen obliga a estos trabajadores a emitir boletas y recargar un 19% sobre sus ventas, sin perjuicio de las dificultades que puedan tener para determinar el IVA (Impuesto a las Ventas y Servicios) que han aportado con anterioridad.

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, valoró el avance esta iniciativa y aseguró que “la formalización podemos encararla de dos maneras. Uno, castigando la informalidad, y otra es facilitando la formalización. Este es un proyecto que lo que busca es justamente lo segundo, facilitar la formalización”.

En concreto, este nuevo régimen introduce un nuevo párrafo 7 ter en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, donde se establece un impuesto sustitutivo del IVA que se aplicará sobre las ventas que realicen los feriantes a través de medios de pago electrónico. La tasa del impuesto sustitutivo será de un 1,5% sobre las ventas efectuadas a través de medios de pago electrónicos. Este impuesto, más la comisión de servicio del operador de medio de pago no podrá exceder un 3,5%.

Será el operador de medio de pago el obligado a retener, declarar y enterar el impuesto en arcas fiscales. En consecuencia, los comerciantes de ferias libres quedarán eximidos de llevar contabilidad y hacer declaraciones de impuestos asociados al IVA.

El ministro Marcel aclaró que “este proyecto no produce cambios en el Registro Social de Hogares. El hecho de que un comerciante de feria libre realice inicio de actividades y se inscriba a este régimen preferente, no producirá cambios en el lugar en que se encuentra dentro del Registro, porque allí toda la información que se utiliza tiene que ver con otras materias, no tiene que ver con que sea formal o sea informal”.

El proyecto contempla que a este nuevo régimen podrán acceder voluntariamente las personas naturales que se registren como comerciantes de ferias libres en la municipalidad respectiva al momento de iniciar actividades y que cuenten con un permiso o patente municipal para tal efecto; o que manifiesten su interés de ingresar a él en enero de cada año. Actualmente unas 100.000 personas se dedican a esta actividad, según cifras administrativas.

A su vez, el comerciante que se acoja a este régimen deberá tener giro exclusivo de ferias libres, de lo contrario será excluido del régimen y deberá sujetarse al régimen general del IVA. En cuanto a plazos, aquellos trabajadores de ferias libres que cumplan con los requisitos para acogerse a este régimen tendrán hasta el 31 de julio de 2025 para solicitar su inscripción en el registro correspondiente.

Al final de la sesión, el ministro Marcel hizo reserva de constitucionalidad a la indicación ingresada por la diputada Joanna Pérez y los diputados Miguel Ángel Calisto y Jorge Saffirio, quienes propusieron que los comerciantes que formen parte del 60% más vulnerable de la población no necesiten realizar el inicio de actividades para solicitar permisos municipales para ejercer su labor. Ello por ser una iniciativa exclusiva del Presidente de la República.