La Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas, Paloma Jara Valdés informó que se amplió el plazo para inscribir en los Conservadores de Bienes Raíces y en el Catastro Público de Aguas, los derechos de aprovechamiento de aguas que las personas constituyeron antes del 06 de abril del año 2022.
“Nos parece muy importante como gobierno en pro de la búsqueda de la seguridad hídrica, que es un pilar fundamental para la gestión del Ministerio de Obras Públicas, poder avanzar con respecto a la regularización de los derechos de aguas. Es relevante que las personas sientan la seguridad de acercarse a las oficinas de la Dirección General de Aguas para regularizar sus derechos y también para informarse. Hay un trabajo que se ha hecho en conjunto con INDAP y otros servicios para poder apoyar a las mujeres que tienen derechos de agua y así también fortalecer su independencia con respecto a la producción agrícola y en este escenario, nos parece trascendente que los plazos se amplíen en post de que la mayor cantidad de personas puedan regularizar sus derechos de agua, para así poder avanzar en temas de financiamiento tanto para crecer económicamente como para permanecer en el mundo rural”, destacó la SEREMI del MOP
Sobre el particular, el Director de Aguas del MOP en la Región de Aysén, Héctor Cortés Gaete señaló que “esta nueva fecha amplía el plazo que tendrán las personas para poder inscribir sus derechos de aprovechamiento de aguas. Para realizar este proceso, las personas tienen que hacer una reducción de escritura pública de la resolución que constituye el derecho de aprovechamiento de aguas, luego ir al Conservador de Bienes Raíces competente –tienen que ubicarse dentro de la zona en la que se constituye el derecho de aprovechamiento de aguas- los que se sitúan en Coyhaique, Puerto Aysén, Puerto Cisnes, Chile Chico y Cochrane. Una vez inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, tienen que llevar el documento a la oficina de la Dirección General de Aguas del MOP ubicada en calle Riquelme 465 para que lo inscriban en el Catastro Público de Aguas, trámite que también es posible hacer vía online en la oficina Virtual de la D.G.A. https://dga.mop.gob.cl/ Este catastro, es un solo registro en donde están centralizados todos los temas relacionados con el recurso hídrico y los derechos de aprovechamiento de agua, usos en general, e infraestructura, por lo tanto es importante que la comunidad considere los plazos para realizar estos trámites y utilicen esta nueva extensión para organizar con tiempo suficiente la realización de este proceso que tiene como fecha límite el 06 de abril del año 2027”.
Consultado respecto de los beneficios que traerá para la comunidad contar con la inscripción de los derechos de aprovechamiento de aguas en el Conservador de Bienes Raíces y en el Catastro Público de Aguas de la DGA del MOP, el Director de Aguas del MOP en la Región de Aysén, expresó que “una vez efectuado el registro en el Catastro Público de Aguas, las personas reciben un certificado y a partir de ahí, ellos y ellas pueden ejercer su derecho de aprovechamiento de aguas como lo indica el Código de Aguas. Un ejemplo es la construcción de infraestructura como las bocatomas o todas las obras que tengan como destino permitir el ejercicio de los derechos de aprovechamiento de aguas para los fines que fueron constituidos, según corresponda”.
Es importante señalar también que, “en el acto administrativo que constituye el derecho de aprovechamiento de aguas se establecen algunas obligaciones para el titular, como por ejemplo la solicitud de autorización de construcción de bocatoma, obras que, por una parte permiten captar el agua desde la fuente y por otra, cumplir con los requisitos de protección de ella, mediante el caudal ecológico, establecido en el citado acto resolutivo. Además, es necesario tener presente que hoy existe la obligación en las cuencas regionales de dar cumplimiento al monitoreo de extracciones efectivas del recurso hídrico, para cuyo efecto la obra de captación es un elemento esencial”, aseguró Héctor Cortés Gaete
De igual forma, agregó el Director Regional de Aguas del MOP “los titulares de los derechos de aprovechamiento de aguas una vez obtenido el Certificado del Catastro Público de Aguas (CPA), deben realizar la anotación al margen de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces del número de certificado del CPA. Lo que es fundamental, para poder contar con buena información para una adecuada planificación del recurso hídrico”.
Finalmente Héctor Cortés Gaete, invito a la comunidad interesada a contactar a la Dirección General de Aguas, respecto de consultas que sobre el particular deseen realizar vía telefónica al 672572266, vía online en www.mop.gob.cl Dirección de Aguas y en su Oficina ubicada en calle Riquelme 465, Coyhaique.