Sala de la Cámara aprueba proyecto de simplificación regulatoria y promoción económica y lo despacha al Senado

●    Esta iniciativa contempla un artículo que reduce la tasa del Impuesto a la Renta para empresas bajo el Régimen Pro-Pyme, desde el 25% a 12,5% durante los años 2025, 2026 y 2027.


Tras su aprobación en general y en particular en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados a fines de enero, el proyecto de ley de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica (Boletín N°17322-03) quedó listo para ser revisado en la Sala. Y este miércoles continuó su tramitación al interior del Congreso. Durante la jornada, la iniciativa -que se encuentra en su primer trámite constitucional- fue analizada por los integrantes de la comisión y tras horas de discusión, el proyecto finalmente fue aprobado en general por 133 votos a favor. Ahora, será revisado por el Senado.

El propósito de la iniciativa, que cuenta con 25 artículos y dos disposiciones transitorias, es fortalecer la competitividad del país mediante ajustes normativos puntuales que otorguen mayor certeza jurídica y faciliten la toma de decisiones de inversión tanto en el ámbito público como privado consideradas urgentes para este año.

Entre los artículos que aborda este proyecto destacan aquel que reconoce de manera expresa un mecanismo especial de compensaciones al usuario y suspensión de cobro tarifario ante interrupciones no autorizadas o no justificadas de los servicios públicos sanitarios. Y además, se exceptúa transitoriamente a los proyectos de construcción de viviendas de interés público de contar con autorizaciones de la Dirección General de Aguas (DGA) cuando sólo se afecten cauces artificiales mientras se cumplan los demás requisitos establecidos.

Asimismo, en la última sesión de la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja, el Gobierno sumó un artículo que establece una reducción transitoria en la tasa del Impuesto a la Renta para empresas bajo el Régimen Pro-Pyme, desde el 25% (fijado en la Ley sobre Impuesto a la Renta) a 12,5% durante los años 2025, 2026 y 2027.  Ello, sujeto a la vigencia del incremento gradual de la cotización previsional según la Reforma de Pensiones recientemente aprobada.

Durante la discusión, los parlamentarios votaron y aprobaron por separado los artículos 3, 5, 6 7, 19, 20, 21 y 22, rechazando solo el artículo 4° referido a la jornada laboral de los transportistas de carga, que en la última sesión de la Comisión de Hacienda de la Cámara fue modificado por indicación de los diputados Ricardo Cifuentes (DC), Felipe Donoso (UDI), Frank Sauerbaum (RN), Miguel Mellado (RN), Leonidas Romero (PR) y Gastón Von Mühlebrock (UDI).

Originalmente, la propuesta del Ejecutivo -que fue aprobada- interpretaba la expresión “jornada respectiva” contenida en la Ley de 40 Horas, como que dicha disposición establece dos alternativas de jornada laboral: de 40 horas semanales promedio, o de 180 horas mensuales con seis días de descanso adicional. Sin embargo, en la Comisión había aprobado la modificación al artículo 25 bis de Código del Trabajo, revirtiendo las modificaciones de la ley de 40 horas, y dejando solo la alternativa de trabajo de 180 horas mensuales, además de establecer que el descanso anual adicional de 6 días se otorgará de manera gradual, es decir, sólo entraría en régimen en cinco años más.