Seremi de la Mujer y Equidad de Género, Andrea Méndez Valenzuela Destaca “Ley Karin” que pone fin a la violencia y acoso laboral hacia las mujeres en Chile

“Condenamos toda práctica de abuso y violencia que se manifieste desde los diversos estamentos laborales, ya sean públicos o privados, en contra las mujeres”, enfatizó la  edil de la cartera, destacando la Ley 21.643, publicada el 14 de enero del 2024 en el Diario Oficial, la cual entrega un rol preponderante a la prevención, obligando  al empleador a poner a disposición mecanismos de protocolos internos para limitar y erradicar comportamientos de acoso laboral y sexual, y de violencia, lo que antiguamente no estaba presente en el Código del Trabajo, puesto que éste sólo obligaba a investigar,  sancionar y contar con mecanismos de prevención.

En este contexto, esta Ley, busca reforzar el  enfoque preventivo que estaba ausente en la regulación. Además, instaura mejores procesos de investigación del acoso sexual y se incorporan a la regulación las conductas de acoso laboral y la violencia en el trabajo.

Este es uno de los grandes avances del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género y el Estado de Chile, reconociendo la protección de las mujeres en su dimensión laboral, Agregando qué: “La violencia contra las mujeres constituye un problema social grave que permea los espacios laborales ejerciéndose de diferentes maneras y ocasionado un daño profundo en quienes la padecen. Destacamos el énfasis de la Ley Karin en el ámbito de la prevención, lo cual permite la elaboración de estrategias que pongan en el centro la importancia de ambientes laborales libres de toda violencia”, enfatizó la Seremi de la Mujer y Equidad de Género, Andrea Méndez Valenzuela.

Por otra parte, y dentro de sus facultades, la Ley también refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los correspondientes procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las denunciantes. Así mismo, incorpora normas relativas al derecho que les asiste a los trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas referidas a resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.

Cabe destacar que esta Ley también establece que la relación laboral deberá manifestarse de manera no violenta, respetando la dignidad de las personas, con perfectiva de género, lo que invita a adoptar medidas que promuevan la igualdad y la no discriminación de la violencia, ser compatibles con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que implicará la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y erradicar la discriminación de género.

La  Ley Karin reconoce a la funcionaria pública de la salud Karin Salgado, técnico en enfermería de nivel superior (TENS), víctima de acoso en su trabajo, quien se quitó la vida en el año 2019.