Madre trató de matar a su hija de 8 años haciendo explotar la cocina: Confirman condena a 12 años de cárcel

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia de 12 años de cárcel que se había dictado en contra de una mujer por el delito de parricidio frustrado cometido contra su propia hija en 2020.

El hecho

La situación ocurrió el 4 de noviembre de 2020. Fue ese día en horas de la noche que la mujer, estando en su domicilio en la ciudad de Osorno, intentó matar a su hija de 8 años. Para esto, abrió las cuatro llaves de paso de gas y prendió fuego, lo que generó una explosión en el lugar.

A raíz de este hecho, además de los daños estructurales que se generaron en la vivienda, la víctima quedó con lesiones de carácter grave, tras resultar con quemaduras en su frente y cuero cabelludo, abdomen, extremidades inferiores y superiores, quedando con un 21,5% de su superficie corporal total quemada de acuerdo a lo consignado por el Servicio Médico Legal.

El fallo de la Corte de Apelaciones

Los ministros del tribunal de alzada desestimaron los alegatos de la defensa, que argumentaban una aplicación equivocada de derecho por parte del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno al momento de deliberar la sentencia.

«La prueba aportada por el Ministerio Público permitió causar al juzgador la convicción de la ocurrencia del hecho punible y la participación de la acusada (…) en los términos que se indican en la misma sentencia; en concreto, el Tribunal determina de acuerdo a sus facultades que la prueba goza de la calidad valorativa para establecer la hipótesis de cargo, igual característica que el resto de las probanzas que pudieron corroborarla», consigna el fallo.

«La sentencia determina que la acusada, conociendo las relaciones que la ligan a la víctima (hija), con el ánimo de causar su muerte y la de su hija de 8 años de edad, estando con la niña al interior del departamento donde vivían, mediante una acción dolosa e intencional procedió con tal propósito a abrir las llaves de paso de una cocina a gas existente en el lugar, lo que provocó acumulación de gas licuado, para luego proceder a encender un elemento idóneo que provocó una explosión que causó daños en la vivienda y lesiones de gravedad en la niña y la acusada, no verificándose la muerte de ésta por causas independientes a su voluntad, parecer que es compartido por esta Corte y que permite desestimar el recurso, en este acápite», agrega.

«Se rechaza el recurso de nulidad deducido por la defensa en contra la sentencia pronunciada por la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno», concluye el documento.

Por Lucas Figueroa
Fuente: meganoticias.cl